Extinción de la obligación alimentaria en México

La obligación alimentaria no es indefinida. La ley establece supuestos en los que esta responsabilidad puede extinguirse o modificarse de manera definitiva, siempre bajo la supervisión judicial y respetando el interés superior de niñas, niños y adolescentes.

A continuación presentamos las principales causales para la extinción de la obligación alimentaria en México, de acuerdo a la ley:

Mayoría de edad o independencia económica

En principio, la obligación cesa cuando los hijos alcanzan la mayoría de edad y cuentan con los medios necesarios para mantenerse por sí mismos.

No obstante, si continúan estudiando de manera regular y con aprovechamiento, el deber puede extenderse hasta la conclusión de sus estudios profesionales.

Asimismo, si un beneficiario obtiene ingresos propios suficientes antes de cumplir la mayoría de edad, se considera que ha alcanzado independencia económica anticipada.

Conducta del beneficiario

El derecho a recibir alimentos también puede perderse por causas relacionadas con la conducta del beneficiario, entre ellas:

  • Abandono injustificado del hogar.
  • Vicios graves como drogadicción o alcoholismo sin disposición a tratamiento.
  • Falta de esfuerzo académico, cuando los estudios son la base de la manutención.

Incapacidad del deudor para cumplir

Cuando el deudor alimentario enfrenta una enfermedad, discapacidad o situación económica extrema que le impida cumplir con la obligación, el juez puede reducir o extinguir la pensión.

Matrimonio o concubinato del beneficiario

Si el beneficiario contrae matrimonio o inicia una relación de concubinato, la obligación alimentaria puede extinguirse, al considerar que ha formado un nuevo núcleo familiar con responsabilidades propias.

Adopción

En caso de que el beneficiario sea adoptado, la obligación se transfiere a los padres adoptivos, quienes asumen los mismos deberes que corresponden a los biológicos.

Fallecimiento

La obligación alimentaria se extingue con el fallecimiento del beneficiario.
Si muere el deudor, la pensión deja de exigirse; sin embargo, pueden existir derechos sucesorios que garanticen la protección del menor o dependiente.

La extinción de la obligación alimentaria siempre debe resolverse por vía judicial, con pruebas que acrediten las circunstancias y con pleno respeto a los derechos de los beneficiarios.

En P&A contamos con especialistas en derecho familiar que pueden orientarte sobre los casos en que procede extinguir o modificar una pensión alimenticia. Contáctanos hoy mismo para recibir la asesoría legal que necesitas y proteger los derechos de tu familia.

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